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La Justicia tumba la ordenanza de movilidad y abre la puerta a la devolución de sanciones

08/02/2023, El Comercio, Marcos Moro

El TSJA estima los recursos de Foro y Pablo González y anula completa la norma que prohíbe aparcar en la zona ORA sin pegatina ambiental por falta de memoria económica

Tercer varapalo judicial en el último medio año para el gobierno de coalición de PSOE e IU y más en concreto para la concejalía de Medio Ambiente y Movilidad que encabeza Aurelio Martín. Tras los fallos en contra de las pretensiones municipales en relación con el 'cascayu' del Muro y el plan de renaturalización del Piles, al estimar los tribunales sendos recursos de 'Stop Muro' y el Grupo Covadonga, ahora en la recta final del mandato llega la anulación de la polémica Ordenanza de Movilidad Sostenible que desde el pasado mes de abril prohíbe aparcar en la zona ORA a los vehículos sin etiqueta ambiental. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) acaba de declarar la nulidad total de dicha normativa con dos fallos que estiman los recursos interpuestos por el grupo municipal de Foro y el presidente del PP de Gijón, Pablo González, a título individual, y que abren la puerta a la devolución de cientos de sanciones impuestas con la ordenanza desde junio de 2021.

Aunque los motivos de impugnación de los recursos eran varios, las resoluciones del alto tribunal asturiano se ciñen a la falta de memoria económica. El TSJA estima esa parte de los recursos de ambas formaciones de centroderecha y declara no conforme a Derecho el acuerdo que permitió la aprobación de la ordenanza . «Y ello sin que sea preciso abordar los restantes motivos impugnatorios, en cuanto declarada la nulidad total de la ordenanza por falta de motivación expuesta, decae la misma sin que sea preciso cualquier otro pronunciamiento», remarca. Los fallos son recurribles ante el Supremo y el propio TSJA dependiendo de si en la casación se opta por denunciar infracciones de legislación estatal o de legislación autonómica. Además no imponen costas al Ayuntamiento.

Misma suerte que Madrid Central, con idéntico despacho de abogados

Al respecto de la insuficiencia de informes económicos se detalla en una de la sentencias que «aun cuando en algún punto pueda sostenerse que está justificada la ausencia de trascendencia económica de alguna de las medidas propuestas, no cumple mínimamente con la exigencia y finalidad de la memoria económica, como instrumento que proporciona a la Administración autora de la norma reglamentaria, una información sobre los costes que las medidas adoptadas puedan suponer a fin de que, contraponiendo estos con las ventajas que aquellas han de representar, evidenciadas en la memoria justificativa, la decisión se adopte con conocimiento de todos los aspectos, tanto negativos como positivos que la aprobación del reglamento ha de significar».

Uno de los fallos cuestiona la formación del director de Movilidad y del jefe de Tráfico para emitir el dictamen económico

La memoria económica, como pone de relieve el fallo en respuesta al recurso del PP, da información también sobre «los costes que la aprobación de la norma correspondiente pueda suponer y la repercusión consiguiente que dichos costes puedan representar en relación con los principios de estabilidad presupuestaria de las Administraciones Públicas, sostenibilidad financiera y regla de gasto».

La sentencia llama la atención sobre las restricciones que implica esta ordenanza con relación a los vehículos que no tienen derecho a pegatina ambiental, sobre todo en lo que se refiere a vehículos profesionales, «y que inciden directamente en las condiciones de competencia y mercado en las que actúan», advierte el TSJA.

El Tribunal recalca que estas medidas pueden «determinar necesariamente la renovación del vehículo para seguir desempeñando la actividad, lo cual, lógicamente, supone un gasto empresarial que puede afectar al precio del servicio y, por ende, en la competitividad».

«La renovación del vehículo puede ser un efecto directo de la ordenanza, y puede incidir sobre precios ya concertados, en ocasiones en concesiones o contratos de servicio de duración prolongada, como es habitual en el transporte, sobre los que incide la restricción de la citada Ordenanza cuando se utilizan vehículos que reúnen las características técnicas de la contratación, pero que carecen de distintivo ambiental, por lo que la inversión en renovar la flota previsiblemente puede alterar el equilibrio económico de la concesión o del contrato», agregan.

A mayores, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias indica que esto afecta no solo a contratos municipales, sino también de otras administraciones o entidades públicas y o particulares, «y conlleva un coste económico que puede repercutir en el Ayuntamiento respecto de profesionales o personas que tengan que soportar sacrificios especiales derivados de la implantación de la ordenanza».

Doblemente recurrible

En la sentencia de respuesta al recurso de Foro hay observaciones que parecen reproches implícitos al equipo de Aurelio Martín. «(...) el informe al que se quiere dar virtualidad de memoria o estudio económico, aparece firmado por el director general de Medio Ambiente y Movilidad (Cosme García) y el jefe del Servicio de Tráfico y Regulación Vial (Fernando García), de los que desconocemos su formación, titulación y cualificación profesional para poder emitir un dictamen técnico de tal naturaleza, incluidos los relativos a la contaminación ambiental, de la que se realizaban meras aseveraciones sin contrastación con datos relevantes de referencia que justifiquen las medidas adoptadas; y sin reflejar unas previsiones de impacto económico y presupuestario presentes y futuras de mínimo rigor».

La ordenanza de movilidad sostenible del Ayuntamiento de Gijón entró en vigor con su publicación en el BOPA el 31 de mayo de 2021. El Pleno respaldó el texto de la normativa con los votos de los dos socios del equipo de gobierno (PSOE e IU) y el apoyo de Ciudadanos y Podemos-Equo desde la oposición. El objetivo principal de la ordenanza ahora anulada era actualizar la normativa vigente desde 2002 y adecuarla a la realidad de un nuevo paradigma de movilidad y sostenibilidad donde el peatón ganase protagonismo a costa del desplazamiento del coche privado. Además de la prohibición de aparcar en la zona azul sin etiqueta ambiental, la aplicación de la ordenanza también soliviantó a asociaciones del sector de la discapacidad como Cocemfe al suprimir la exención de la ORA para el colectivo de movilidad reducida y crear una nueva tarjeta de pago. Otra medida polémica aparejada a esta norma fue la exigencia de exhibir la etiqueta ambiental para transitar por Gijón. La prohibición de circular sin etiqueta se había fijado para 2026, aunque con una revisión previa unos meses antes en 2025.

Desde la Concejalía de Movilidad y Medio Ambiente explicaron ayer a EL COMERCIO que mantendrán hoy una reunión con los servicios jurídicos municipales para valorar el alcance de esta sentencia, toda vez que aún no es firme, y decidir si se recurre o no en casación. El resto del gobierno local también guardó mutismo sobre este revés judicial.

Medidas más polémicas que podrían desaparecer si las sentencias adquieren firmeza

Discriminación a los coches más antiguos

Prohibición de aparcar en la zona azul a los vehículos sin etiqueta ambiental. Es la medida que más ampollas levantó. Entró en vigor en abril de 2022 y se estima que hay 36.000 coches que desde esa fecha se han vistos afectados y han tenido que buscar aparcamiento fuera del perímetro de la ORA o en garajes y parkings privados.

Identificación del potencial contaminante del parque móvil

El uso del distintivo ambiental de la DGT para circular por el casco urbano. Ya se exige exhibir esta etiqueta para circular por Gijón y la infracción viene recogida en el cuadro de sanciones, aunque no se esté multando a las personas de fuera por ello. La prohibición de circular por el casco urbano sin ella llegaría en todo caso en 2026.

Posibilidad de crear aparcamientos vecinales

Una nueva zona regulada que pasaría de uno a cuatro colores. La zona ORA pasaría de uno a cuatro colores (azul, verde, naranja y rojo), con plazas exclusivas para residente, otras de uso mixto y otras limitadas a estancias breves. En los barrios adyacentes a su perímetro se podrían crear zonas de aparcamiento vecinal.

Creación de una tarjeta de discapacidad de pago

Eliminación de la gratuidad en la ORA para personas con movilidad reducida. Es la medida que generó gran malestar en entidades como Cocemfe y UMA. El Ayuntamiento creó una tarjeta específica para el colectivo de movilidad reducida para aparcar desde el pasado mes de abril. La tasa anual es de 45 euros (12 céntimos de euro al día).

Limitación para el reparto de las plazas existentes

Imposibilidad de adquirir varias tarjetas de residentes de la ORA por domicilio. Los gijoneses que viven en una calle ubicada dentro de la zona ORA solo pueden obtener una tarjeta de aparcamiento para residentes, sin importar el número de vehículos que tengan los convivientes en dicho domicilio. Se defiende para mejorar el reparto de plazas.

La pintura en la calzada para el uso compartido

Red de ciclocarriles limitados a 30 kilómetros por hora por toda la ciudad. Tal y como advirtió ayer el edil de Foro medidas como la red de ciclocarriles limitados a 30 kilómetros por hora –a base de pintar la calzada– para fomentar su uso compartido por coches, ciclistas y patinetes eléctricos podrían quedar también en el aire.