14/09/2021
Madrid ha implantado este lunes la nueva ordenanza de Movilidad Sostenible tras obtener la mayoría de los votos necesarios en el pleno municipal. Como consecuencia, surge una nueva ordenanza municipal de movilidad tras la sentencia judicial que anulaba Madrid Central tal y como estaba concebida.
El artículo más importante que se modifica es el 23 de la ordenanza, mediante el cual se creó Madrid Central en 2018 durante la legislatura del anterior consistorio. Ahora, también mediante el mismo artículo, surgen las llamadas Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), como en otras ciudades españolas, por ejemplo, Barcelona.
Con estas modificaciones, el perímetro que delimitaba el centro de la capital pasa a ser ahora una Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (Distrito Centro). No obstante, también se añaden dos novedades:
- Se retrasa un año la limitación de acceso a vehículos de mercancías con etiqueta ambiental B y más de 3.500kg de peso.
- Equiparar a los comerciantes con los residentes respecto a su permiso de acceso a la ZBE.
Ampliación de Zonas de Bajas Emisiones
A pesar de la anulación judicial de Madrid Central, la capital seguirá teniendo una zona de bajas emisiones como dicta la Ley de Cambio Climático para todas las ciudades de más de 50.000 habitantes.
A la ZBE de Distrito Centro, se añade la de Plaza Elíptica, un enclave de enorme tránsito de vehículos con una elevadísima contaminación ambiental. Además de la creación de estas dos zonas, se incluye la normativa precisa para ampliar a toda la almendra central la catalogación de Zona de Bajas Emisiones, que progresivamente se irá implementando desde el 1 de enero de 2022.
Esto se produce después de que el Tribunal Supremo no admitiera el recurso presentado por Ecologistas en Acción a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la que se anulaba Madrid Central.
Detalles de la nueva ordenanza de movilidad
Dentro de la nueva normativa, se sigue contemplando la restricción progresiva de la circulación a los vehículos más contaminantes. Dentro de estos vehículos se encuentran los que no tienen la etiqueta ambiental A.
Estas restricciones serán progresivas en el tiempo y se irán ampliando territorialmente por anillos.
Nueva normativa para bicicletas y patinetes
Dentro de las novedades en la nueva norma, las bicicletas podrán circular por túneles. Por otro lado, cualquier vehículo de movilidad personal (VMP) podrá circular por carriles de velocidad limitada a 30 km/h.
No obstante, para ello deberán cumplir llevando un casco homologado y estar correctamente iluminados. Al mismo tiempo, se prohíbe estacionar en las cercanías peatonales de las paradas de transporte público.
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