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Los cambios que prepara la DGT para 2020

Los cambios que prepara la DGT para 2020

15/01/2020
La ausencia de Gobierno dejó en suspenso varias modificaciones en materia de tráfico que previsiblemente se materializarán a lo largo de este 2020.

Estas son las más destacadas:

  • Reducción de los límites de velocidad en ciudad. Reducir la velocidad a 30 km/h en ciudades para vías de carril único o de un solo carril para cada sentido, para tratar de disminuir los atropellos a peatones.
  • Sanciones más duras en determinadas infracciones. Se prevé que en 2020 la sanción por circular haciendo uso o manipulando el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo de comunicación, lleve aparejada la posible pérdida de 6 puntos en lugar de los 3 que se aplican a día de hoy. Este incremento en la pérdida de puntos pretende acabar con las distracciones, una de las principales causas de accidentes de tráfico.
  • Cambios en la Formación Vial. Se pretende instaurar la obligatoriedad de realizar un curso teórico y presencial de 8 horas sobre Educación y Sensibilización Vial antes de poder presentarse al examen para obtener el permiso de conducir. Además, se plantea que los alumnos en las clases prácticas e incluso en los exámenes puedan utilizar los sistemas de ayuda a la conducción./li>
  • Regulación de los patinetes eléctricos. Pendiente de que se publique la normativa específica que regulará los VPM, se baraja la posibilidad de que sea obligatorio que este tipo de vehículos cuente con un Certificado de Circulación que garantice que los mismos cumplen todos los requisitos técnicos obligatorios para estar en circulación. Mientras se aprueba la normativa, la DGT ha emitido una disposición transitoria que recoge determinados puntos a tener en cuenta para la utilización de los patinetes eléctricos.

    Estas son las más importantes:
    • Prohibido circular por aceras o zonas peatonales.
    • Obligatoriedad de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, siendo sancionable también, la negativa a someterse a las mismas.
    • Prohibido circular y hacer uso del teléfono móvil, cascos, auriculares o cualquier otro dispositivo de comunicación.
    • Actualmente la obligatoriedad o no del uso del casco protector, así como los estacionamientos y paradas, queda regulado en las diferentes Ordenanzas Municipales a las que habrá que remitirse.
    • Se sancionará la conducta negligente en la conducción.
    • Los VMP y demás vehículos ligeros propulsados eléctricamente sólo autorizan para transportar a una persona, por lo que la circulación de dos personas será sancionada
  • Restricciones a la circulación. Desde el 1 de enero se aplican restricciones a la circulación de los vehículos más contaminantes en dos de las principales ciudades españolas: Madrid y Barcelona. El Ayuntamiento de Madrid ha endurecido la circulación y el estacionamiento a los vehículos sin distintivo medioambiental, prohibiéndoles ambas cosas en todo el perímetro denominado Madrid 360 (a excepción de los residentes, los vehículos que transportes personas con movilidad reducida que sí que podrán, y algunos otros vehículos, que han recibido una prórroga de un año). Por otro lado, en Barcelona se ha puesto en marcha, igualmente, la restricción a los vehículos que más contaminan para acceder a la nueva Zona de Bajas Emisiones (ZBE), aunque no se empezará a sancionar a los infractores hasta el 20 de abril de 2020. También existen excepciones para determinados vehículos y, además, se establece una moratoria de un año para la circulación de vehículos profesionales, aunque no tengan distintivo.  
  • La ITV del 2020. La modificación más significativa implica a los fabricantes de los vehículos, obligándoles a entregar las especificaciones técnicas de los que fabriquen, así como anexos o modificaciones posteriores que puedan darse. Esta información ayudará a aclarar aspectos específicos de elementos que deban ser objeto de la Inspección para determinar si la misma será favorable o no. 

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