24/10/2018
Hoy entra en vigor la nueva normativa de movilidad del Ayuntamiento de Madrid, que sustituye a la anterior vigente desde 2005.
Se trata de lograr la armonización de los distintos usos de las vías y los espacios públicos urbanos, para garantizar la salud de las personas, la seguridad vial, la accesibilidad universal y los derechos de las personas con movilidad reducida, y la protección de la integridad del patrimonio.
Guía con las novedades para no perderte con la nueva ordenanza:
1.- Nueva limitación a 30 km/h en calles de un solo carril por sentido, e incluso limitando a 20 km/h aquellas calles donde la acera y la calzada estén al mismo nivel. Esta reducción no afecta, por tanto, a las calles que tengan varios carriles por sentido o en calles de único sentido con carriles múltiples.
2.- Se fija un plazo de 6 meses para establecer como obligatorio llevar las pegatinas o distintivos medio ambientales facilitados la DGT a todos aquellos vehículos que vayan a acceder a la capital.
3.- Las motocicletas pueden aparcar en las aceras siempre que dejen más de tres metros de ancho libre, y al menos cinco metros de distancia con los pasos de peatones. En aceras de menos de seis metros deberán hacerlo paralelamente al bordillo y tendrán que guardar una distancia mínima de dos metros respecto a paradas de autobús o taxi. No podrán estacionar en la acera cuando exista banda de aparcamiento.
4.- Las bicicletas deberán circular por la calzada ocupando la parte central del carril y se permite la circulación de dos ciclistas en paralelo. Se incluye la posibilidad de girar a la derecha con el semáforo en rojo cuando esté expresamente indicado —siempre respetando la prioridad peatonal. Se acepta que las bicis se puedan anclar a vallas y elementos de mobiliario urbano y se permite la circulación de bicis en calles residenciales (con límite de 20 km/h)
5.- Se equiparan los patinetes eléctricos y otros VMP a las bicicletas, pudiendo por tanto desde la entrada en vigor de esta Ordenanza, circular por todas las calles limitadas a 30 km/h y 20 Km/h y por el carril bici, respetando siempre la prioridad del peatón, no pudiendo circular por aceras. La edad mínima para ir en patinete eléctrico por las calles de Madrid será de 15 años.
6.- Se estrena un nuevo espacio denominado Madrid Central, donde se limita el tráfico privado y que abarca todo el distrito centro. A dicha zona solo podrán acceder los residentes (y máximo 20 invitados al mes) y los vehículos con distintivo Eco o Cero Emisiones. También podrán acceder al centro aquellas familias cuyos hijos acudan a un colegio en dicha zona. Las autorizaciones para ello deberán ser tramitadas por los centros educativos.
7.- Se establece una nueva figura de aparcamiento regulado aplicable en barrios con efecto frontera o alta intensidad de estacionamiento, bajo demanda vecinal y sin tasa ni límite de estacionamiento para los residentes. La creación y delimitación de las Zonas de Aparcamiento Vecinal (ZAV) se realizará a solicitud del pleno del distrito en que se encuentre ubicado.