01/08/2025
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha 32 nuevos radares en las carreteras españolas: 7 fijos y 25 de tramo. Su objetivo es reforzar el control de velocidad y reducir la siniestralidad, pero también pueden generar sanciones injustas que merecen ser recurridas.
En Dvuelta, te explicamos dónde están, cómo funcionan y cómo podemos ayudarte a defenderte.
Ubicación de los nuevos radares
Los nuevos dispositivos se han instalado en 11 comunidades autónomas y la DGT ha publicado su ubicación exacta. Algunos ejemplos:
- Extremadura: EX-109 (Cáceres), EX-110 y EX-327 (Badajoz).
- Burgos: N-120, tramo entre km 74,62 y 76,85.
- Asturias: AS-19 y AS-117.
- Baleares: EI-300 (Ibiza), Ma-20, Ma-30, Ma-6014 y Ma-13a (Mallorca).
- Madrid: M-14 (fijo km 1,68).
- Canarias: TF-2 y TF-652 (Tenerife).
- Andalucía: A-7052 (Málaga), A-4 (Sevilla), N-340, A-377, GR-30, A-7 y A-48.
- Castilla-La Mancha: N-401a, N-403 y A-5.
- Cantabria: A-8, tramo Saltacaballo.
- Galicia: N-550 y AP-9.
- Comunidad Valenciana: V-30.
Primer mes sin sanciones, pero atento
Durante el primer mes de funcionamiento, los conductores que excedan el límite recibirán una carta informativa, sin multa. Pasado ese periodo, se aplicarán sanciones que pueden llegar a 600 € y la pérdida de hasta 6 puntos, según la velocidad registrada.
Por qué recurrir una multa de radar
Aunque estos dispositivos están diseñados para mejorar la seguridad vial, no siempre funcionan sin errores. Las multas pueden ser anuladas si:
- No existe señalización previa visible.
- El radar no cuenta con certificación vigente.
- No se aplica el margen de error legal (±3 km/h o ±3 %).
- Las pruebas fotográficas son defectuosas.