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conducir vehículo con chanclas

18/05/2022

Con la subida de las temperaturas vuelve una de las preguntas más recurrentes de los conductores ¿es legal conducir con chanclas?

Es cierto que en el Reglamento General de Circulación no existe una norma específica sobre el calzado que debe llevarse en la conducción, y por tanto, no es sancionable en sí misma la conducción con un tipo de calzado concreto, en este caso las chanclas.

No obstante, la DGT ya ha aclarado que los agentes de la autoridad pueden multar con hasta 80 euros si entienden que el calzado del conductor al volante afecta a la seguridad en la conducción, es decir, si no permite manejar bien los pedales.

¿Por qué no se debe conducir con chanclas?

Las chanclas no son un calzado que sujete bien el pie, porque pueden desprenderse en cualquier momento y/o quedarse enganchadas con algún pedal, pudiendo provocar un accidente. Sin duda, un calzado que no sujeta bien el pie impide ejercer la presión correcta sobre los pedales, resta agilidad y aumenta el tiempo de reacción ante un imprevisto.

El tipo de calzado que utilices para conducir es una de las claves principales para una conducción segura, ya que de él depende el tiempo que tardes en pisar el freno y la distancia que recorras para evitar la colisión con el obstáculo, persona o animal que se haya cruzado en tu camino.

¿Qué calzado es el más adecuado para conducir?
  • Uno que sujete bien el pie y sin dejar holguras.
  • Calzado flexible para no impedir la libertad de movimiento. Así los pedales recibirán con mayor precisión las órdenes que les des a través de la planta del pie.
  • Que garantice un buen agarre: el material de la suela no debe resbalar sobre el pedal. Cuanto más fina, mejor transmitirá la sensación de precisión sobre el pedal ante una situación de emergencia. Es importante que evites conducir con la suela del zapato mojada porque puede resbalar más.
  • Debe ser cómodo y ligero para que los movimientos sean ágiles. Si lleva cordones, asegúrate de que están bien abrochados para evitar que se enganchen al pedal.

Desde un punto de vista legal

El Reglamento General de Circulación sí recoge la obligación del conductor de garantizarse libertad de movimientos en el vehículo y evitar interferencias en una conducción segura. El artículo 3.1 del RGC establece la conducción, con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno.

Por otra parte, el artículo 18.1 hace referencia a la obligación del conductor de mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción. Además debe mantener la posición adecuada.

Por último, el artículo 17.1 del citado Reglamento establece que los conductores deben estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo.

En virtud de los tres artículos mencionados los agentes si nos podrían multar por usar chanclas al conducir con hasta 80 euros por una infracción leve.

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