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Cómo renovar el permiso de conducir: evita una multa de 200 euros

26/08/2020

El permiso de conducir se puede renovar en las Jefaturas Provinciales de Tráfico, en los Centros de Reconocimiento de Conductores y desde el extranjero. La documentación necesaria para hacerlo es la siguiente dependiendo de la vía por la que se haga la renovación:

En las Jefaturas Provinciales de Tráfico:

  • Solicitud en impreso oficial.
  • Tasa correspondiente pagada a Tráfico (24,10€).
  • Informe telemático de aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores.
  • Una fotografía en color, original, tamaño carnet (32x26 mm).
  • Talón foto cumplimentado y firmado.

En los Centro de Reconocimiento de Conductores:

  • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia en vigor.
  • Tasa correspondiente pagada a Tráfico (24,10 €).
  • Informe telemático de aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores.

Desde el extranjero (en embajadas o consulados):

  • Copia del resguardo del pago a Tráfico de la tasa correspondiente (24,10 €).
  • Informe de aptitud psicofísica expedido por un médico del país donde se encuentre y validado por la embajada o el consulado de España en ese país.
  • Talón foto cumplimentado y firmado.

Conducir con el permiso caducado supone una multa de 200 euros. Si el permiso de conducir está vigente pero se conduce sin llevarlo consigo la sanción será de 100 euros, aunque en la mayoría de las ocasiones la multa suele ser de 10 euros.