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29/11/2023, ABC, Cris de Quiroga

El temido radar otea el punto kilométrico 4,000 de la A-5, tanto los coches que acceden a Madrid como los que salen de la capital. Hace cuatro años que supervisa la circulación de un tramo de autovía de 1.750 metros y es el que más conductores caza. Pero una veintena ya ha logrado la devolución de la sanción por un fallo administrativo. La razón es que «la distancia real del tramo controlado no coincide con la especificada en el certificado de verificación técnica del cinemómetro, hecho que invalida su eficacia probatoria en la supuesta comisión de una infracción por exceso de velocidad», explican desde la entidad de automovilistas Dvuelta. Ya se han dictado 24 sentencias judiciales en contra del radar que más recaudó el año pasado (y el tercero hasta junio de 2023) y otras «decenas y decenas» de recursos, según un portavoz de este despacho, están en proceso.

Desde su puesta en funcionamiento, en abril de 2019, estas dos cámaras (una por cada sentido) han cursado unas 250.000 sanciones que suponen unos 18 millones de euros, como cifra Dvuelta. «Todas ellas ilegales», zanjan desde la entidad. En uno de los fallos a los que ha tenido acceso ABC, un conductor recurrió una multa del 28 de junio de 2022. El Ayuntamiento de Madrid impuso una sanción de 100 euros por circular a 74 kilómetros por hora en una vía limitada a 70 kilómetros por hora. El pasado septiembre, la sentencia del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo número 9 defendió la presunción de inocencia del demandante por faltar «una prueba material de los hechos imputados», ya que el radar de la A-5 opera con un margen de error de 15 metros.
«Según el certificado de verificación del cinemómetro incorporado al expediente la longitud del tramo es de 1.735 metros (puntos kilométricos 4,000 y 5,735), mientras que con las fotografías tomadas se acredita que las cámaras estaban situadas en los PK 4,000 (inicio de tramo) y 5,750 (final de tramo, siendo la distancia de tramo real de 1.750 metros)», señala la citada sentencia. La conclusión es que «el tramo recorrido por el vehículo es mayor al medido por el cinemómetro, por lo que no queda acreditada la comisión de la infracción».

Inspección anual

En otra sentencia, el juez cuestiona el «adecuado funcionamiento del cinemómetro», cuya «preceptiva inspección técnica anual», que depende del Centro Español de Metrología, «no consta [...] en la fecha del hecho imputado». Por eso prevalece la presunción de inocencia y son ilegales las multas recurridas. Por eso Dvuelta pone en tela de juicio los 250.000 boletines y 18 millones de euros sustraídos por el consistorio a través de este radar.

De los 24 recursos judiciales que fallaron a favor de los denunciantes, 22 de ellos condenaron al ayuntamiento al pago de las costas procesales (100 euros). «Cuando hay casos tan recurrentes, se suele ganar el 90% de los procesos, porque es muy palmario, como la mala señalización de las cámaras de la M-30», recuerdan fuentes de Dvuelta. Se refieren a las 158 multas por exceso de velocidad que el Ayuntamiento de Madrid tuvo que devolver este verano. «Estos procesos judiciales son lentos, pero si hablamos en seis meses, en lugar de 24 [sentencias a favor], serán 80», afirman.

A pesar de la oleada de veredictos en contra, el consistorio no ha cambiado el aparato. Una portavoz del Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad defiende que las sentencias «hacen referencia a que la distancia real del tramo controlado no coincide con la especificada, no que el radar no esté bien calibrado». Añade que «las sanciones del radar de tramo de la A-5 están bien puestas» y que el cinemómetro se inspecciona «anualmente» por el Centro Español de Metrología, como todos los demás.