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Madrid amplía hasta el 1 de mayo el periodo de avisos por entrar dentro de la M-30 sin etiqueta ambiental

28/02/2022

El Ayuntamiento de Madrid amplía hasta el 1 de mayo el periodo de avisos en Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE) que limita progresivamente el acceso y circulación a los vehículos más contaminantes en todo el término municipal. El consistorio señala que al introducir modificaciones en la base de datos tras los últimos cambios de empadronamiento de vehículos en el mes de diciembre podrían producirse sanciones indebidas.

Hasta que finalice el periodo de avisos en Madrid ZBE, los Agentes de Movilidad continuarán realizando las labores de control para velar por el cumplimiento de la normativa y la inherente mejora de la calidad del aire en la ciudad.

Madrid ZBE entró en vigor el pasado 1 de enero y, hasta el 24 de febrero, según los datos facilitados por el Ayuntamiento de Madrid, se han expedido 30.855 cartas informativas a los infractores especificándoles las razones que han motivado su regulación, la fecha prevista para su efectiva operatividad y la cuantía a la que habría ascendido la sanción.

La media de accesos diarios captados como indebidos se sitúa en 1.454 vehículos, un total de más de 78.000 accesos en este periodo, de los cuales la tasa de vehículos reincidentes es del 31,7 %. La prórroga de plazo de periodo de aviso asegurará que todos ellos reciban cartas informativas antes de comenzar a ser sancionados de forma reiterada y permitirá depurar posibles errores en las bases de datos en caso de que existan.

La entrada no permitida a las zonas de bajas emisiones hasta el 20 de marzo de 2022 constituye una infracción leve de tráfico conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 75.c) y puede ser sancionada con 90 euros conforme a los artículos 80.1 y 81 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Pero ¡ojo!, a partir del 21 de marzo de 2022, se sancionará como infracción grave de tráfico con multa de 200 euros, conforme a lo previsto en los artículos 18, 76.z3) y 80.1.