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Multa por ITV caducada: cómo recurrirla y la sentencia que ahora te da la razón

Agente de la Guardia Civil de Tráfico revisando la pegatina de la ITV en el parabrisas de un coche, en relación con la multa por ITV caducada

La multa por ITV caducada es una de las sanciones de tráfico más frecuentes en España y, a la vez, una de las que más dudas genera entre los conductores. Circular con la inspección técnica vencida conlleva 200 euros de sanción, pero eso no significa que toda multa por ITV caducada sea inatacable. De hecho, una sentencia reciente ha abierto una vía clara para recurrir muchas de estas denuncias.

En Dvuelta llevamos más de 31 años defendiendo los derechos de los conductores frente a sanciones de tráfico, y sabemos que buena parte de las multas por ITV caducada se imponen de forma casi automática, sin comprobar si el vehículo estaba realmente circulando. En esta guía te explicamos cuánto cuesta la sanción en 2026, si te quita puntos, qué ocurre si tenías cita y, sobre todo, cómo recurrir la multa paso a paso apoyándote en el nuevo criterio judicial.

¿Te ha llegado una multa por ITV caducada?

Si has recibido una notificación, en Dvuelta podemos revisar tu caso. Nuestro equipo jurídico analizará cada detalle de la notificación —desde la calificación del vehículo hasta los plazos y la forma— para encontrar los argumentos más sólidos en tu defensa.

¿Qué es la multa por ITV caducada y cuánto cuesta en 2026?

La multa por ITV caducada se impone cuando circulas con un vehículo cuya inspección técnica ha vencido. La obligación de pasar la inspección y su periodicidad están reguladas en el Real Decreto 920/2017, y conducir sin la ITV en vigor está tipificado como infracción grave en el texto refundido de la Ley de Tráfico. El importe de la sanción es de 200 euros. Si te acoges al pronto pago y la abonas dentro de los primeros 20 días desde la notificación, se reduce a 100 euros; ahora bien, pagar con descuento implica renunciar a tu derecho a recurrir. Por eso, antes de pagar conviene valorar si tu sanción tiene argumentos de defensa. Además de la sanción económica, el agente puede requerirte que regularices la situación e incluso inmovilizar el vehículo hasta que lo lleves a inspección, especialmente si aprecia un riesgo para la seguridad.
Situación Importe Puntos
Circular con la ITV caducada 200 € (100 € con pronto pago) No quita puntos
Circular con ITV desfavorable fuera del trayecto al taller 200 € No quita puntos
Circular con ITV negativa Hasta 500 €, posible inmovilización No quita puntos

¿Circular con la ITV caducada quita puntos?

Una de las mayores confusiones es creer que te quitan puntos por ir sin ITV. No es así: la multa por ITV caducada no conlleva pérdida de puntos del carnet. Se trata de una infracción grave a efectos económicos, pero no lleva aparejada detracción de puntos, a diferencia de otras conductas como el exceso de velocidad o el uso del móvil al volante.

Conviene no confundir esta infracción con circular con una ITV desfavorable o negativa, que tienen consecuencias distintas y que veremos más adelante. En cualquier caso, si en tu notificación aparece una pérdida de puntos asociada a la ITV caducada, es un motivo añadido para revisar la sanción, porque podría contener un error.

ITV caducada pero con cita: ¿me pueden multar igual?

Muchos conductores piensan que, si ya tienen pedida la cita para pasar la inspección, pueden circular sin riesgo. La realidad es distinta: tener cita no autoriza a circular con la ITV caducada. La normativa no contempla ningún plazo de gracia posterior al vencimiento, de modo que puedes recibir una multa por ITV caducada aunque tengas cita confirmada, e incluso el mismo día en que caduca.

El único trayecto tolerado es el que se realiza para acudir a la propia estación de ITV con cita previa, y siempre por el itinerario razonable hasta el centro de inspección. Fuera de ese supuesto, circular con cita pero sin ITV en vigor sigue siendo sancionable. Puedes localizar tu estación autorizada más cercana en el buscador oficial de estaciones de ITV de la DGT.

La sentencia que cambia las reglas: un vehículo aparcado no está circulando

Aquí está el gran cambio. Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo ha dictado una sentencia que establece que no se puede sancionar un vehículo con la ITV caducada si está aparcado. La sanción solo procede si el vehículo estaba circulando en el momento de la denuncia.

El razonamiento del juez se apoya en el principio de tipicidad: solo puede castigarse aquello que la ley describe con claridad. Y la Ley de Tráfico vincula esta infracción a la circulación, no al simple hecho de tener el coche estacionado en la vía pública o en un garaje. Sancionar un vehículo inmóvil, según la resolución, carece de cobertura legal.

Conviene ser honestos: al tratarse de un juzgado de primera instancia, esta sentencia no crea jurisprudencia en sentido estricto ni anula de forma automática las multas ya impuestas. Pero sí ofrece un argumento sólido y actual que puedes citar en tus alegaciones, y abre la puerta a que otros tribunales apliquen el mismo criterio.

Cómo recurrir la multa por ITV caducada paso a paso

Si crees que tu multa por ITV caducada es injusta (por ejemplo, porque el coche estaba aparcado), puedes recurrirla siguiendo estos pasos:

  1. No pagues antes de recurrir. El pronto pago reduce la sanción a 100 euros, pero te hace perder el derecho a presentar alegaciones. Si vas a recurrir, no abones la multa.
  2. Reúne pruebas de que no circulabas. Fotografías del vehículo estacionado, testigos, tickets de aparcamiento o cualquier documento que acredite que el coche no se movía refuerzan tu defensa.
  3. Presenta alegaciones en plazo. Dispones de 20 días naturales desde la notificación para presentar el escrito ante el organismo sancionador.
  4. Fundamenta jurídicamente el recurso. Cita el principio de tipicidad y, si tu caso encaja, la reciente sentencia del juzgado de Oviedo sobre vehículos aparcados.
  5. Recurre en vía administrativa y, si es necesario, judicial. Si desestiman tus alegaciones, puedes interponer recurso de reposición y, agotada la vía administrativa, acudir a lo contencioso-administrativo.

Cada multa tiene matices, y un error de forma en la notificación (fecha, identificación del vehículo u órgano competente) también puede ser motivo de anulación.

¿Y si la ITV es desfavorable en vez de caducada?

No es lo mismo tener la ITV caducada que haberla pasado con resultado desfavorable o negativo. Con una ITV desfavorable puedes circular únicamente hasta el taller para subsanar los defectos y volver a la estación, dentro del plazo que te indiquen. Circular fuera de ese supuesto puede acarrear también una sanción de 200 euros.

La ITV negativa es más grave: implica un defecto que afecta a la seguridad, por lo que no deberías circular con el vehículo salvo para llevarlo a reparar, y la sanción puede ser mayor. En todos estos casos (caducada, desfavorable o negativa) conviene revisar si la denuncia se ajusta a la normativa antes de asumir el pago.

Cómo te ayuda Dvuelta a recurrir tu multa por ITV caducada

En Dvuelta llevamos más de 31 años especializados en la defensa del conductor. Analizamos cada multa para detectar si existe alguna vía de recurso: desde el argumento del vehículo aparcado hasta posibles defectos de forma en la notificación.

Nuestro equipo se encarga de redactar y presentar las alegaciones y los recursos en plazo, de modo que no tengas que enfrentarte solo al procedimiento sancionador. No garantizamos un resultado, porque ningún profesional serio puede hacerlo, pero sí ponemos a tu disposición la experiencia de miles de casos gestionados.

Preguntas frecuentes sobre la multa por ITV caducada

¿Cuánto cuesta la multa por ITV caducada en 2026?

La sanción es de 200 euros. Con pronto pago, en los primeros 20 días, baja a 100 euros, pero pierdes el derecho a recurrir.
No. Es una infracción grave a efectos económicos, pero no conlleva pérdida de puntos del carnet.
Sí. Tener cita no autoriza a circular con la ITV vencida, salvo el trayecto directo hasta la estación de inspección.
Sí. Una sentencia reciente del juzgado de Oviedo considera que no cabe sancionar un vehículo aparcado con la ITV caducada, al no estar circulando.
Dispones de 20 días naturales desde la notificación para presentar alegaciones ante el organismo sancionador.
Solo puedes ir hasta el taller para subsanar los defectos y volver a la ITV. Circular fuera de ese supuesto también puede sancionarse con 200 euros.
No pasar la ITV es la obligación incumplida; la multa llega cuando, además, circulas con ella vencida. Un vehículo parado, según el nuevo criterio judicial, no debería sancionarse.

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