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Se descubre que el radar de tramo que más multa en Madrid funciona mal ¿te ha ‘cazado’ a ti?

04/12/22023, Motor16, Montse Turiel

El radar de tramo que ‘vigila’ la velocidad a la que circulan los coches a su paso entre los puntos kilométricos 4,000 y 5,735 de la A5, y que afecta tanto a los automóviles que entran como a los que salen de la capital, funciona mal desde el mismo día en que se inauguró, en abril de 2019Lo han constatado ya hasta 24 fallos judiciales interpuestos por la compañía dedicada a la defensa de los automovilistas DVuelta.

La razón es un problema técnico con el radar, en concreto, que está descalibrado, y la distancia real del tramo controlado por el radar no coincide con la especificada en el certificado de verificación técnica del cinemómetro, «hecho que invalida su eficacia probatoria en la supuesta comisión de una infracción por exceso de velocidad», explican en DVuelta.

Se calcula que el radar ha ‘cazado’ a unos 250.000 conductores

El Ayuntamiento de Madrid ha impuesto ya unas 250.000 multas y ha recaudado 18 millones de euros, además de los puntos injustamente detraídos a los conductores que han sido ‘cazados’ por este radar, que es el que más recaudó en el año 2022 y el tercero hasta el mes de junio de 2023, según consta en los datos que publica el propio consistorio.

Cientos de multas que podrían ser anuladas a tenor de los fallos judiciales que DVuelta ya ha ganado (24 en total, de los que en 22 de los casos se condenó a pagas las costas al Ayuntamiento).

Las sentencias de los tribunales madrileños dejan constancia que hay un desfase de 15 metros en las mediciones. “Según el certificado de verificación del cinemómetro incorporado al expediente, la longitud del tramo es de 1.735 m (puntos kilométricos 4,000 y 5,735), mientras que con las fotografías tomadas se acredita que las cámaras estaban situadas en los PK 4,000 (inicio de tramo) y 5,750 (final de tramo, siendo la distancia de tramo real de 1.750 metros). Por tanto, el tramo recorrido por el vehículo es mayor al medido por el cinemómetro, por lo que no queda acreditada la comisión de la infracción”.

Otra de las sentencias añade que «la distancia recorrida es superior a la medida por el cinemómetro, lo que invalida la medición por carecer de eficacia probatoria, prevaleciendo la presunción de inocencia del conductor. Tales circunstancias avalan aún más la ilegalidad de la resolución impugnada”, concluye.

Desde DVuelta argumentan que cualquier conductor al que le haya llegado una denuncia en ese radar de tramo puede comprobar en la foto que se le adjunta que las distancias del tramo y de la medición efectiva no coinciden, por lo que, tal como insisten los tribunales, no es una prueba de cargo válida.

En la imagen de la izquierda (subrayado en verde) se especifica el PK en el que se inicia la medición: “PK 4,000”. Mientras, en la de la derecha, se señala que el punto de final de tramo es el “PK 5,750”. Pero a continuación precisa que la distancia real de medición es de 1.735 metros, «quince menos de lo especificado para el tramo en el certificado de verificación del cinemómetro, hecho que invalida la medición como prueba de cargo contra el conductor», explican desde la entidad de defensa del conductor.

DVuelta tiene disponible en su página web un modelo de defensa gratuito para tramitar una multa de este radar, que cualquiera puede descargar.