25/04/2024
Cinco Juzgados distintos de lo Contencioso Administrativo de Madrid (los números 6, 29, 30, 31 y 32*) han dado la razón a Dvuelta en representación de los conductores que recurrieron sus multas por supuestamente entrar en Zonas de Bajas Emisiones del municipio capitalino sin un vehículo autorizado. Las sentencias anulan las sanciones y ordenan la devolución de los importes cobrados y/o embargados; en dos casos, además, se condena al Ayuntamiento al pago de las costas judiciales.
Las cinco sentencias son firmes: no cabe recurso contra ellas ante ninguna instancia.
En todos los casos, la representación legal encomendada a Dvuelta reclamó la nulidad de las actuaciones por la confusa y deficiente señalización que delimita el acceso de dichas zonas. Y, en todos ellos, los Juzgados han dado la razón a las pretensiones de los demandantes, realizando un severo reproche a la actuación municipal. Todas las sentencias por sanciones en ZBE presentadas por Dvuelta y ya resueltas (las cinco mencionadas) han fallado a favor de los conductores, y ninguna a favor del Ayuntamiento.
Actualmente, Dvuelta tiene presentadas ya cerca de mil de demandas contra el Ayuntamiento de Madrid por multas en zonas de bajas emisiones. Las sanciones de este tipo, con un importe de 200 euros, representan ya cerca de uno de cada tres euros que ingresa el consistorio por multas. La cifra de demandas presentadas por Dvuelta crece de manera sostenida, llegando a las 100 mensuales.
Unanimidad judicial
En todos los casos, los Tribunales argumentan que la señalización no se acoge a lo estipulado, y que por lo tanto no se puede acreditar que los conductores denunciados hayan incurrido en la infracción, haciendo prevalecer, por tanto, la presunción de inocencia. En opinión de Dvuelta, difícilmente se puede imputar la comisión de una infracción de este tipo si el denunciado desconoce que se adentra en una ZBE.
Desde que entraron en vigor las restricciones al tráfico por este motivo, las denuncias de mala señalización han sido constantes, sin que el Ayuntamiento se haya avenido a lo que estipula la Ley al respecto, pese a que una y otra vez se lo vienen recordando en sus sentencias los Tribunales de Justicia.
En todos los casos ganados por Dvuelta, la parte demandante alegaba la vulneración del principio de presunción de inocencia al no aportarse al expediente los elementos de prueba adecuados para la completa determinación de los hechos. Así, no obraba en el expediente administrativo ninguna prueba que acreditase que el vehículo denunciado estaba circulando por una vía reservada o restringida. Y tampoco constaba en el expediente administrativo documento alguno que acreditase la instalación de carteles informativos en lugares visibles que avisaran de la captación y transmisión de datos o imágenes.
La Sentencia establece que no se acreditó que la calle en la que fue captado el vehículo estaba dentro de la Zona de Bajas Emisiones. En el informe aportado por el Ayuntamiento no consta que dicha calle (Sinesio Delgado, en ese caso) quedase delimitada dentro de la ZBEDP Distrito Centro: “ni en el plano que integra se puede apreciar tal delimitación, máxime cuando en la foto aportada no figura letrero ni consta indicación alguna de la prohibición de entrada sin autorización, ni señalización alguna con línea roja pintada en el suelo”, señala la Sentencia, que argumenta con esta base su decisión de decretar la nulidad del expediente sancionador.
No consta que, pese a los reproches judiciales, el Ayuntamiento haya mejorado el sistema de señalización e información de las Zonas de Bajas Emisiones.
Otros casos: radares M30 y paseo de Extremadura
El Ayuntamiento de Madrid acumula cientos de sentencias en contra por su proceder a la hora de multar a los conductores madrileños y, pese a que los Juzgados han señalado una y otra vez las deficiencias del consistorio, no ha habido enmienda. Al revés: el Ayuntamiento prefiere seguir actuando al margen de lo estipulado, al considerar que le resulta más rentable asumir derrotas judiciales que proteger los derechos de los conductores.
Así viene sucediendo, por ejemplo, con las multas por los radares de la M30. Dvuelta ha ganado ya más de 175 juicios al Ayuntamiento por la deficiente indicación de los radares, sin que ello haya provocado una mejora en dicha señalización, como Dvuelta informó el pasado 13 de septiembre: “Dvuelta gana 158 juicios al Ayuntamiento por multas de velocidad en la M-30 por el mismo motivo”.
Por no hablar de las multas del radar de tramo del Paseo de Extremadura, cuya calibración es incorrecta, algo que vienen reprochando los Tribunales desde hace meses. El Ayuntamiento aseguró que lo solucionaría, pero, a día de hoy todo sigue igual. Esta información se distribuyó el 29 de noviembre: “El radar de tramo que más multa en la ciudad está descalibrado desde su puesta en marcha, en 2019”.
(*) Se trata, respectivamente, de los procedimientos abreviados 693/2023, 646/2023-S, 695/2023-EN, 588/2023 y 636/2023-B.