03/12/2021
El Congreso de los Diputados ha aprobado la modificación al texto refundido de la Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial. La Ley entrará en vigor a los 3 meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Principales novedades
Distracciones
La acción de utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía mientras se conduce aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer del carnet. La sanción económica se mantiene en 200 euros.
Cinturón de seguridad y elementos de protección
No llevar puesto el cinturón de seguridad o no hacerlo de manera adecuada, no hacer uso del casco y demás elementos de protección, así como sistemas de retención infantil supondrá la pérdida de 4 puntos en lugar de los 3 actuales. Se mantiene la multa de 200 euros.
Casco para patinetes
Los conductores de patinetes estarán obligados a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine.
Adiós a los 20 km/h extra para adelantar
Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.
Detector de radares
El artículo 13 de la ley nueva ley prohíbe “llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros”. Hasta ahora estaba prohibido utilizar este tipo de dispositivos no llevarlos. La sanción se mantiene en 200 euros y la pérdida de 3 puntos. El uso de inhibidores se seguirá considerando infracción muy grave con multa de 500 euros y la pérdida de 6 puntos.
Seguridad para los ciclistas
Se incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5m. La multa mantiene en 200 euros. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.
Arrojar objetos a la vía
Aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios.
Tasa de alcohol 0 para conductores menores
Los conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal) no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0, tanto en sangre como en aire espirado.
Alcoholímetro antiarranque (Alcoholock)
El alcoholímetro antiarranque será obligatorio para los vehículos de transporte de viajeros por carretera que se matriculen a partir del 6 de julio de 2022.
Motoristas
Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.
Unificación del periodo para recuperar los puntos del carné
Tendrán que transcurrir 2 años sin cometer infracciones para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos.
Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida.
Copiar en los exámenes para obtener el permiso de conducir
Utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos será sancionado con 500 euros. Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de 6 meses.
Cursos de Conducción Segura y eficiente
Se podrán recuperar 2 puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Una orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir.
Restricciones en Zonas de Bajas Emisiones
Se introduce una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones. La Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer Zonas de Bajas Emisiones.
Fuente: DGT