03/10/2024, Autopista, Luis Carlos Cáceres
El pasado 17 de septiembre, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaraba nulos determinados preceptos legales de la Ordenanza de Movilidad Sostenible sobre la que se regulan las Zonas de Bajas Emisiones de la capital, entre las que se encuentran tanto la zona del Distrito Central como la de Plaza Elíptica. Esta noticia fue una gran alegría para muchos conductores que están totalmente en contra de este tipo de actuaciones y pensaron que “la libertad” volvería a la ciudad más grande de España, pero no es así y aquí lo vamos a explicar.
Para ello hemos recurrido a una experta, en concreto Paloma García Alejo, directora jurídica de Dvuelta, para que nos aclarara cómo ha quedado ahora la Zona de Bajas Emisiones de Madrid tras el fallo del juez. Lo primero es aclarar que la justicia las anula porque “no se ha cumplido el procedimiento legalmente establecido a la hora de aprobar la norma. En concreto, no se elaboró un informe de impacto económico y medioambiental adecuado”. Vamos, que el gran problema no han sido las restricciones aplicadas.
Con el fin de intentar entender un poco más esta decisión la abogada nos explica que “en dicho informe no se contemplaron las consecuencias económicas derivadas de la aplicación de unas medidas tan restrictivas, obviando ofrecer alternativas. También se pasó muy por alto el posible perjuicio para los sectores del mercado, así como la situación de familias menos favorecidas, e incluso colectivos empresariales de menor capacidad económica para la renovación del vehículo (autónomos, pymes...) que presentaban serias dificultades para poder acceder a un cambio de vehículo por uno menos contaminante”.
¿Puedo circular ya libremente por las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid?
Pues aquí tengo que darte una mala noticia, pues si lo haces incumpliendo la normativa te van a sancionar con 200 euros como antes. Esto es debido, como nos recuerda Paloma, a que “la sentencia no es firme todavía. Hasta que no suceda esto el Ayuntamiento puede seguir aplicando los preceptos de la Ordenanza y, por tanto, seguir multando".
La cuestión ahora es que el Ayuntamiento comandado por José Luis Martínez-Almeida dispone de 30 días para recurrir “en casación ante el Tribunal Supremo, lo que hace que la sentencia todavía no sea firme, de hecho, ya ha anunciado que lo van a apelar”, nos comenta la abogada de Dvuelta. Si por algún motivo el consistorio al final no presentara alegaciones, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid “adquiriría firmeza pasados los 30 días y a partir de ahí dispondrían de un plazo de dos meses para acatar la misma”. Y como nos avanzaba la experta, ha sido precisamente Borja Carabante, el delegado de Urbanismo, el que ha confirmado que los servicios jurídicos del ayuntamiento ya están trabajando en el recurso.
¿Qué pasará con las multas de las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid?
También hemos querido preguntar a la abogada de Dvuelta qué pasaría con las multas que ya se han interpuesto en los últimos años por circular de forma incorrecta por las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid. Paloma nos aclaró que “se podrían recurrir si se confirma la nulidad de la Ordenanza que las regula, ya que entendemos que el Ayuntamiento de oficio no procedería a la devolución. Luego ya dependerá de la fase del procedimiento en la que se encuentren los expedientes, y también atendiendo a si se pagaron o no, se deberán reclamar las mismas a través de los recursos de revisión de actos, o bien por solicitud de devolución de ingresos indebidos”.
Dvuelta sigue su lucha contra las Zonas de Bajas Emisiones
Tras conseguir la anulación de la Ordenanza de la ZBE de Madrid, la conocida como “Madrid Central” por sentencia del TSJM de julio de 2020, también se logró tumbar la Ordenanza de la ZBE del Ayuntamiento de Gijón según sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de febrero de 2023.
Ahora la siguiente actuación la están realizando en conjunto con La Plataforma Salvar Torrelavega. Para ello han presentado una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) contra el Ayuntamiento de Torrelavega, impugnando la reciente aprobación de la delimitación de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en la ciudad.
En la demanda que ya se ha presentado y que ha sido admitida a trámite se alegan multitud de irregularidades técnicas y legales que invalidan, en opinión del equipo jurídico que ha redactado la demanda, la aplicación de la norma, resaltando que incluso no se argumenta la mejora en la calidad del aire, que debería ser el fin último de la norma.