Los cambios en el reglamento de circulación que ha aprobado el Gobierno no son un simple retoque administrativo: van a condicionar cómo adelantas, cómo te abrochas el cinturón y hasta qué llevas puesto si vas en moto o en patinete. La reforma se publicó en el BOE y entra en vigor el 1 de octubre de ese mismo año, con algunas medidas que se retrasan hasta 2027.
Si conduces a diario, es fácil que alguna de estas novedades te pille por sorpresa la primera semana… y que la DGT no sea tan comprensiva. En Dvuelta llevamos más de 31 años analizando cómo se aplican este tipo de reformas en la calle, y sabemos que los primeros meses de un cambio normativo son también los que más sanciones mal impuestas generan.
En este artículo te explicamos, sin tecnicismos, qué cambia exactamente, a quién afecta y qué hacer si te multan por algo que ni siquiera sabías que ahora era obligatorio.
Qué es el Reglamento General de Circulación y por qué cambia ahora
El reglamento general de circulación es la norma que desarrolla, día a día, cómo se aplica la Ley de Tráfico en la calle: quién tiene preferencia, a qué velocidad se puede ir, qué distancia hay que guardar. Es, en la práctica, el manual de reglas que todo conductor debería conocer, aunque pocos se lo hayan leído entero.
El Gobierno justifica esta reforma en un cambio de mentalidad: durante años, el reglamento estaba pensado casi en exclusiva para el coche. Ahora prioriza a los usuarios más vulnerables de la vía (ciclistas, peatones y usuarios de patinetes eléctricos) frente a los vehículos motorizados.
No es la primera actualización del reglamento que vivimos, pero sí una de las que más aspectos del día a día modifica de una sola vez. La Dirección General de Tráfico suele acompañar este tipo de reformas con campañas específicas de vigilancia durante los primeros meses, así que conviene no dar por hecho que la novedad va a pasar desapercibida en los controles habituales.
Cuándo entran en vigor los cambios: fechas clave de 2026 y 2027
La reforma se publicó en el BOE el 6 de julio de 2026, pero eso no significa que ya te puedan multar por ella. La mayoría de las medidas (adelantamientos, cinturón, ciclistas, patinetes y motos) entran en vigor el 1 de octubre de 2026.
Dos excepciones importantes se retrasan hasta octubre de 2027:
- El alumbrado obligatorio las 24 horas en patinetes eléctricos.
- Los cascos homologados obligatorios para motoristas.
Esta diferencia de fechas es más importante de lo que parece: si te multan por una de estas dos cuestiones antes de octubre de 2027, la sanción no tendría base legal y podría recurrirse sin mayor complicación.
Nuevas normas para adelantar: 1,5 metros y reducción de velocidad
Adelantar a un ciclista o a un vehículo inmovilizado en el arcén ya no es cuestión de criterio personal. El nuevo reglamento de circulación fija una distancia lateral obligatoria de 1,5 metros al rebasarlos, y obliga a reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.
Además, en calzadas con varios carriles, el reglamento exige el cambio completo de carril para adelantar: no basta con «hacer sitio» dentro del mismo carril.
¿Qué pasa si no cumples esta distancia? La sanción es de 200 euros y 4 puntos. Es una de las infracciones que más va a crecer en los próximos meses, precisamente porque hasta ahora no existía un criterio tan claro y objetivo.
Cinturón de seguridad: se acaban las excepciones
Hasta ahora, taxistas, repartidores y profesores de autoescuela podían circular sin cinturón en determinadas circunstancias de su actividad profesional. Esa excepción desaparece con la reforma: la obligación de llevarlo puesto pasa a ser prácticamente universal, y solo se mantiene para pacientes trasladados en ambulancias en servicio urgente.
La sanción por no llevarlo abrochado se mantiene en 200 euros y 4 puntos, pero ahora alcanza a colectivos que antes estaban exentos. Si tu trabajo es conducir (reparto, taxi, formación vial), este es uno de los cambios que más te afecta.
El reglamento también endurece otras conductas al volante: se prohíben los inhibidores y detectores de radar (200 euros y 6 puntos) y el uso de auriculares mientras se conduce (200 euros y 3 puntos).
Ciclistas y patinetes eléctricos (VMP): lo que cambia en la calle
Los ciclistas ganan protección explícita en el nuevo reglamento general de circulación: en zona urbana tienen derecho a circular por el centro del carril, y los vehículos motorizados deben guardar una distancia mínima de 5 metros al pasar junto a ellos en ciudad. En vías interurbanas, el casco pasa a ser obligatorio, y los repartidores en bicicleta deberán llevar chaleco reflectante.
Para los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal, las novedades son igual de relevantes:
- Edad mínima de 15 años para circular.
- Casco obligatorio en todos los casos.
- Alumbrado y elementos reflectantes
- Desde octubre de 2027, alumbrado encendido las 24 horas, de día y de noche.
El incumplimiento de cualquiera de estos puntos se sanciona con 200 euros.
Motoristas: guantes, calzado y circulación por el arcén
Si vas en moto, el reglamento general de circulación actualizado introduce obligaciones de equipamiento que hasta ahora eran solo una recomendación de sentido común:
- Guantes de protección obligatorios en vías interurbanas.
- Calzado cerrado obligatorio en cualquier tipo de vía.
- Cascos homologados obligatorios desde octubre de 2027 (200 euros y 4 puntos si no lo es).
Como contrapartida, se permite circular por el arcén derecho en situaciones de congestión, siempre que la velocidad no supere los 30 km/h y la vía esté señalizada para ello.
Reglamento general de circulación actualizado: multas y puntos que puedes perder
Con tantos cambios a la vez, es fácil perderse. Aquí tienes el resumen de las sanciones más relevantes:
| Infracción | Importe | Puntos |
| No respetar 1,5 m al adelantar | 200 € | 4 |
| No llevar cinturón (exenciones eliminadas) | 200 € | 4 |
| Usar inhibidor o detector de radar | 200 € | 6 |
| Usar auriculares al conducir | 200 € | 3 |
| Incumplimiento normativa ciclista / VMP | 200 € | – |
| Casco no homologado en moto (desde oct. 2027) | 200 € | 4 |
Si tu carné va justo de puntos, no esperes a quedarte a cero.
Te ayudamos a recurrir la sanción antes de que sea firme
Como ves, la mayoría de infracciones nuevas se mueven en la misma horquilla económica, pero varían mucho en puntos. Si tu carné ya va justo, conviene prestar especial atención a las que restan 4 o 6 puntos de golpe.
Como con la mayoría de sanciones de tráfico, existe una reducción del 50% sobre el importe si pagas dentro de los primeros 20 días naturales desde la notificación. Aceptar este pronto pago normalmente implica renunciar a presentar alegaciones, así que conviene valorarlo con calma si tienes dudas razonables sobre si la sanción está bien puesta, y no como un trámite automático.
¿Te han multado por error o antes de tiempo? Cómo recurrir con Dvuelta
Un cambio normativo de este calado, aplicado de golpe en miles de controles simultáneos, es también el escenario perfecto para que se cometan errores. En más de 31 años de experiencia, hemos visto que los primeros meses tras la entrada en vigor de una reforma son los que más defectos de forma generan en las notificaciones.
Algunos motivos habituales para recurrir que ya estamos detectando:
- Sanciones por hechos que aún no están en vigor, como el alumbrado 24h de los patinetes o el casco homologado de moto, ambos aplazados a octubre de 2027.
- Boletines que no especifican con claridad qué apartado del reglamento se ha infringido, lo que puede generar indefensión.
- Notificaciones defectuosas que no cumplen los plazos ni las garantías del procedimiento sancionador.
Motivos habituales para recurrir una multa tras un cambio normativo
Cuando entra en vigor una norma nueva, el agente que la aplica también está aprendiendo a interpretarla. Eso se traduce en fotografías que no acreditan con precisión la distancia de 1,5 metros, o en sanciones que dan por hecho una infracción sin motivarla suficientemente. Es en estos detalles técnicos donde el equipo jurídico de Dvuelta encuentra la base para anular sanciones que, a primera vista, parecían inapelables.
Si has recibido una notificación relacionada con cualquiera de estos cambios, tienes 20 días hábiles para presentar alegaciones desde la notificación, y hasta 1 mes para el recurso de alzada si la sanción ya es firme en vía administrativa. Más adelante, cabría la vía contencioso-administrativa en un plazo de 2 meses.
Preguntas frecuentes sobre el nuevo reglamento de circulación
¿Cuándo entra en vigor el nuevo reglamento de circulación?
La mayoría de las medidas entran en vigor el 1 de octubre de 2026, aunque el alumbrado 24h de los VMP y los cascos homologados de moto se retrasan a octubre de 2027.
¿Cuánto es la multa por no dejar 1,5 metros al adelantar a un ciclista?
La sanción es de 200 euros y 4 puntos, según el nuevo reglamento general de circulación.
¿Los taxistas y repartidores ya no pueden ir sin cinturón?
No. La reforma elimina esa exención: solo quedan exentos los pacientes trasladados en ambulancias en servicio urgente.
¿Puedo recurrir una multa impuesta por el nuevo reglamento de circulación?
Sí, especialmente si la sanción corresponde a una medida que todavía no está en vigor o si la notificación tiene defectos de forma.
¿Dónde puedo consultar el reglamento general de circulación actualizado en pdf?
El texto consolidado está disponible en el BOE.
Los cambios en el reglamento de circulación llegan con fechas distintas, sanciones distintas y, en la práctica, muchas dudas para el conductor medio.
Si has recibido una notificación relacionada con cualquiera de estas novedades, en Dvuelta analizamos tu caso. Nuestro equipo jurídico revisará cada detalle de la notificación para encontrar los argumentos más sólidos en tu defensa.