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Noticias sobre tráfico y multas

72.000 personas y empresas se han registrado en Buscamultas.com, que ha recibido 750.000 consultas en dos meses

30/03/2010, Departamento de Comunicación, Buscamultas.com

Sus usuarios han “descubierto” 11.300 multas cuya existencia desconocían

Buscamultas.com, el servicio gratuito de localización de notificaciones publicadas en Boletines Oficiales puesto en marcha por Dvuelta, empresa dedicada a la defensa de los conductores, ha obtenido desde su puesta en marcha el 21 de enero pasado un total de 750.000 consultas de conductores de toda España.

En el mismo período de tiempo casi 72.000 personas y empresas se han registrado en este localizador de multas, lo que supone que serán avisados automáticamente en caso de que se publique en alguno de los Boletines Oficiales alguna notificación por sanciones de tráfico.

Además, se han comunicado casi avisos de sanciones por haber aparecido publicadas en algún boletín, lo que les ha permitido evitar un posible embargo por una multa de tráfico con su importe aumentado por haber entrado en vía ejecutiva y otros gastos de demora.

Buscamultas.com prevé localizar a lo largo de este año hasta 150.000 notificaciones edictales de sus usuarios registrados. Dvuelta estima que un promedio del 30% de las multas se realiza, por parte de las distintas administraciones, a través de su publicación en un boletín oficial, omitiéndose la obligación de la notificación domiciliaria en dos ocasiones.

El desconocimiento de la existencia de una multa que directamente se ha notificado en un boletín genera la absoluta indefensión del conductor, que sólo en el momento de ser objeto de una diligencia de embargo llega a tener conocimiento de la existencia de la multa; momento procesal en el que ya es imposible tanto acogerse a una disminución del importe por pronto pago como proceder a su defensa mediante los correspondientes recursos administrativos. Dvuelta recuerda que la notificación edictal sin el previo intento de aviso domiciliario es motivo de nulidad del expediente administrativo.

¿Cómo es posible tener multas sin saberlo?

En primer lugar, porque el agente denunciante ya no tiene la obligación de notificar la supuesta infracción en el acto; y, en segundo, y ante el engorro que para la Administración supone notificar conforme a Ley (por dos intentos en correo certificado), acude a la cómoda vía edictal. Así, millones de sanciones se notifican dispersamente en decenas de Boletines Oficiales provinciales y autonómicos; confía la Administración, al parecer, en que los conductores dediquen su tiempo a revisar los Boletín Oficiales por si tienen multas.

Es el negocio perfecto para Tráfico y Ayuntamientos: te notifico publicando tu DNI en un boletín oficial y, como no te enteras, no recurres, ni puedes acogerte al pronto pago y, en muchos casos, no puedes defenderte de una pérdida de puntos o de una suspensión del permiso de conducir. La consecuencia es la detracción sorpresiva del dinero en la cuenta bancaria sin poder hacer otra cosa que ver cómo desaparece del saldo.

La propia publicación de una notificación en un Boletín Oficial puede constituir, en sí misma, un motivo de nulidad de la multa, independientemente de cuál sea el hecho denunciado.

Buscamultas.com es un localizador automático y gratuito, y basta con introducir la matrícula y el DNI para comprobar si tenemos alguna multa de la que no supiéramos nada; y, con el registro en la web, recibiremos, también sin coste alguno, cualquier multa que pueda ir apareciendo en los Boletines. Entonces ya podremos decidir si pagar o recurrir, y, lo que es más importante, el poder hacerlo con todos los argumentos que la Ley pone al alcance de los conductores.

La notificación edictal es legal, pero siempre con carácter supletorio y excepcional, es decir, una vez que la Administración ha intentado notificar al administrado mediante dos correos certificados y conforme al procedimiento establecido legalmente. De no hacerlo así, la notificación mediante publicación edictal será nula de pleno derecho.

Habitualmente la Administración publica en los Boletines Oficiales las notificaciones de las sanciones simplemente por comodidad, rapidez y así recaudar más. Es decir, es más rápido y cómodo dejar de notificar dos veces en el domicilio conocido del administrado y pasardirectamente a realizar la notificación por edictos, sin respetar el derecho de defensa de los administrados.

Mediante los edictos no se asegura la recepción oportuna de la resolución por el interesado, ni puede constar en los expedientes un acto escrito que acredite tal recepción, como en el resto de formas de notificación, pero sin embargo, la Administración da por notificado al interesado cuando lo cierto es que éste probablemente no habrá tenido conocimiento de la misma. Como consecuencia de las pocas garantías que para el interesado puede producir la comunicación por edictos, se han producido infinidad de pronunciamientos por parte de los Tribunales, creando doctrina al respecto.

Dicha doctrina insiste en que la publicación edictal ha de ser considerada como un remedio excepcional y subsidiario de las formas ordinarias de notificación, y sólo se deberá acudir a la misma cuando no haya sido posible notificar al interesado de otra manera.

 

   
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